La desescalada ha empezado y con ella, la actividad deportiva fuera de casa.
Dependiendo de la fase en la que estemos, podremos realizar unas actividades u otras.

Fase 0:

Todos los ciudadanos después de que se haya habilitado la actividad física a los mayores de 14 años en adelante. No pueden hacerlo las personas en aislamiento domiciliario por el Covid 19, los que presenten esos síntomas o los que se encuentran en cuarentena por haber estado con pacientes contagiados.

¿Qué horarios hay habilitados para hacerlo?

Depende del lugar donde se resida. En los municipios con menos de 5.000 habitantes, la actividad física está permitida entre las 6 y las 23 horas. En aquellos superiores en población a ese número hay dos ventanas para los ciudadanos mayores de 14 años: de 6 a 10 horas y de 20 a 23. Para los niños la horquilla destinada es de 12 a 19 horas. Por último, los mayores de 70 años, de 10 a 12 por las mañanas y de 19 a 20, en la tarde.

¿Qué restricciones hay a la práctica deportiva?

No se puede abandonar el municipio de residencia, pero no hay límite de distancia, salvo para el paseo (1 km del domicilio). Sólo se puede salir una vez al día en las franjas horarias determinadas. Se deben evitar las aglomeraciones.

¿Se pueden practicar todos los deportes?

No. Se ha dado prioridad a los que “se camina” (sic BOE) y los de bicicleta, en ese orden de prioridad. Se debe guardar la distancia social de dos metros, y ampliada en la bici como sugerencia, y en caso de detenerse ha de ser una parada corta y necesaria. En general, se permite la práctica no profesional de cualquier deporte individual que no requiera contacto, incluidas especialidades acuáticas como el surf o el submarinismo.

¿Hay algún tipo de recomendación en el ejercicio?

El Gobierno recomienda hacer al menos 150 minutos a la semana de actividad moderada o 75 minutos de actividad vigorosa.

 

FASE 1:

Reabren las pistas de tenis, pádel y atletismo y corredores y ciclistas pueden practicar su deporte por toda la provincia

Deporte profesional:

Apertura de centros de alto rendimiento con medidas de higiene y protección reforzadas y, si es posible, turnos. “Únicamente podrá acceder con los deportistas un entrenador en el caso de que resulte necesario, circunstancia que deberá acreditarse debidamente, con excepción de las personas con discapacidad o menores que requieran la presencia de un acompañante”, indica el BOE. También está permitido el entrenamiento medio en ligas profesionales.

Deporte no profesional:

Instalaciones deportivas al aire libre sin público para deportes sin contacto como atletismo, el tenis o el golf. Actividades deportivas individuales con previa cita en centros deportivos que no impliquen contacto físico ni uso de vestuarios.